Permiso para Talleres

Emitir permiso Alcaldicio para la construcción, instalación y operación de talleres.
Requisitos
  • Memorial dirigido al Alcalde solicitando la autorización para las instalación y operación de la actividad respectiva.
  • Visto bueno de la Junta Comunal respectiva en el que indique su anuencia en relación, a la naturaleza de la actividad a desarrollar en el taller.
  • Certificación de Uso de Suelo del Ministerio de Vivienda, que acredite la autorización de uso de suelo para la actividad a desarrollar en el taller.
  • Planos y detalle de los diseños de la infraestructura a instalar en los que se prevean controles de ruido, de olores penetrantes, de esparcimiento de polvo, de humo y la acumulación de los residuos y materiales, efectos éstos que se producen con la actividad a desarrollar.
  • Paz y Salvo Municipal vigente del solicitante.
  • Fotocopia de la cédula del solicitante. Si el solicitante es una persona jurídica, debe presentar certificación del Registro Público, donde consten los datos de inscripción de la sociedad, así como quiénes son sus dignatarios.
  • Constancia de Inspección Sanitaria realizada por el Ministerio de Salud.
  • Para operar:.
  • Resolución expedida por el Alcalde, en que se indica el lugar donde se instalará y operará el taller; así como la actividad o actividades a desarrollar, el área de ocupación, zonificación vigente y corregimiento respectivo. Se entregará copia de la Resolución al interesado a fin de que proceda al registro respectivo en el Ministerio de Comercio e Industrias. La que será remitida a la Dirección de Administración Tributaria de la Tesorería Municipal para la respectiva fijación del impuesto.
  • Verificar la fijación del impuesto municipal respectivo, ante la Dirección de Administración Tributaria de la Tesorería Municipal.
  • Estar Paz y Salvo con el Fisco Municipal.
Observación
Este proceso aplica para toda Persona Natural o Jurídica que desee construir, instalar y operar un taller de mecánica, chapistería, herrería, soldadura, tornería, ebanistería, carpintería, electricidad y otros.
Contribuyente:
  • Dar autorización escrita a tercera persona que vaya a realizar el trámite en nombre de la empresa en el Departamento de Servicios Legales.
  • Adjuntar toda la documentación requerida para el trámite.
  • Pagar la inspección, Paz y Salvo Municipal, y la notificación de la Resolución.

Base Legal

Fundamento de Derecho: Acuerdo 19 de 10 de mayo de 1977, modificado por el Acuerdo 73 de 28 de mayo de 2002, Decreto 172 de 1 marzo de 1991 y Decreto 220 de 15 de junio de 1998.

Dirección Física
Dirección de Legal y Justicia.
Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.
Horario de atención
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.