Publicidad Exterior Fija o Permanente

Que el Contribuyente tenga la opción de tener una publicidad adicional al rótulo que normalmente permite el Municipio; que sea legal.
Todos los trámites deben iniciar por el estudio de Factibilidad, una vez aprobada esta etapa el contribuyente deberá entregar los requisitos correspondientes a la Fase 2 de Aprobación de Permisos.
Requisitos
  • Memorial A, en papel legal simple donde se especifican las generales del negocio.
  • Memorial B, en papel legal simple donde se describe dónde va a estar ubicada la publicidad.
  • Copia del Certificado de Registro Público (En vigencia no mayor de tres meses).
  • Aviso de Operaciones con firmas originales.
  • Original del Paz y Salvo Municipal de la sociedad que se hace cargo del gravámen.
  • Copia de la cédula o pasaporte de identidad del solicitante
  • Original del visto bueno de la Junta Comunal, del Corregimiento donde se instalará la estructura publicitaria (Certificación de Viabilidad).
  • Croquis de la ubicación de la finca en donde se instalará la estructura.
  • Diseño de la estructura a instalar (“Arte) con las medidas en metros cuadrados.
  • Acompañar con plano de la estructura aprobado (Dos copias), expedido por la Dirección de Obras y Construcciones de la Alcaldía de Panamá en los siguientes casos:
  • En el caso de Azoteas de edificios de dos o más plantas.
  • Instalaciones eléctricas en los anuncios.
  • Estructura con peso mayor de 300 libras (Ejemplo:estructuras Unipolares).
En caso de que el Contribuyente que solicita el permiso es arrendatario, debe incluir la siguiente información:
  • Documentos de la Finca.
  • Autorización escrita del propietario de la finca.
  • Certificado del Registro Público de la finca (un año).
  • Si se trata de inmuebles o edificios propiedad del Estado, deberá pagar al Tesoro Municipal.
  • En los Certificados del Registro Público, el Representante Legal o persona autorizada debe aportar el documento que lo acredite como persona autorizada a firmar toda la documentación.
Observación
Aplica para Personas Naturales como Jurídicas y para todo tipo de publicidad que deseen colocar en el exterior del local comercial y que cumpla con los requisitos del nuevo acuerdo No.138 del 22 de septiembre del 2015, que entró en vigencia en Gaceta Oficial 27911 del 19 de noviembre del 2015.
Base Legal
Aplica el Decreto Alcaldicio No 44-2015 del 23 de diciembre del 2015 que adopta la cartilla de publicidad exterior visual publicada en Gaceta Oficial No 27943 del 07 de enero del 2016.
Dirección Física
Dirección de Legal y Justicia, Departamento de Publicidad Exterior
Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.
Horario de atención
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.