Para registrar la transferencia del Permiso de Construcción, el profesional idóneo responsable o empresa responsable deberá cumplir con los requisitos establecidos.
Requisitos
- Presentar solicitud en hoja simple tamaño legal dirigida al Director de la DOYC .
- En donde conste la identificación del permiso a transferir, la ubicación del proyecto y la autorización para el cambio del que lo solicitó originalmente y al que se le va a transferir, cuyas firmas deberán estar debidamente autenticadas.
- Adjuntar documento que pruebe la anuncia del propietario o represente legal de la sociedad propietaria del proyecto.
- Adjuntar el permiso de construcción original
- Transferencias de los permisos expedidos por DINASEPI del BCBRP y del Ministerio de Salud.
- Certificado de Paz y Salvo Municipal del constructor o profesional responsable a quien se le transfiere el permiso de construcción.
- Deberá adjuntarse igualmente copia de resolución vigente de la JTIA, en el caso de que la transferencia del permiso sea a una empresa constructora.
- El interesado deberá obtener el Visto Bueno expedido por la Secretaría Técnica Legal de la DOYC.
- El cual se otorgará cuando el propietario o interesado no tenga caso pendiente en dicho Departamento en el proyecto en el cual se solicita.
- Para los propósitos de este artículo, se considerará casos pendientes, la falta de atención de citas para audiencias, notificaciones y pago de multas.
- En aquellos casos en donde se haya interpuesto recursos legales y los mismos se encuentren pendientes de decisión por parte de la autoridad competente, no se negará el Visto Bueno solicitado.
Base Legal
Capítulo XIII del Acuerdo 281 del 6 de diciembre de 2016
Dirección Física
Dirección de Obras y Construcciones.
Edificio Hatillo, Entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.
Horario de atención
Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.